«No se puede obtener la verdad real a cualquier precio. No todo es lícito en el descubrimiento de la verdad. Sólo aquello que es compatible con la defensa del elemento nuclear de los derechos fundamentales, así la dignidad, la intimidad,, etc. dentro de los parámetros fijados en la ley».La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado este miércoles el auto con el que el juez Juan Carlos Peinado envió a la Guardia Civil a la vivienda y las oficinas del empresario Juan Carlos Barrabés, presuntamente vinculado a las actividades supuestamente corruptas de Begoña Gómez, esposa del presidente Pedro Sánchez, anulando todas las pruebas obtenidas por los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO).Según la sección 23 de la Audiencia madrileña, Peinado no observó las garantías adecuadas a la hora de adoptar la medida, lo que convierte en nulas todas las pruebas allí obtenidas en nulas, y dejándolas fuera del proceso.Gómez habría favorecido a Barrabés en un concurso público al que él iba a presentarse, pero la no observancia por el juez Peinado de las garantías adecuadas dejaría ahora al empresario, que recurrió al igual que Fiscalía dichos registros, fuera de la causa, y ésta notablemente coja.Según la Audiencia Provincial, Peinado no justificó suficientemente la práctica de dichos registros, que tuvieron lugar en agosto del pasado año y junto a los cuales a Barrabés, que en aquel momento estaba hospitalizado, se le requisó su teléfono móvil para que los agentes procedieran a un volcado de su contenido, buscando pruebas de la presunta relación entre Gómez y el empresario.La Audiencia Provincial estima ahora que aquel auto de Peinado «autoriza una medida limitativa de derechos fundamentales sin justificar los motivos para practicar la diligencia tanto en su domicilio como en el de sus empresas, al hacer una referencia genérica e imprecisa, y sin referir[se] a dato alguno de la información proporcionada en los informes de la UCO, ni mencionar los resultados de la instrucción que se inició en el mes de abril del pasado año».«Únicamente se basa el instructor”, sigue el auto de la Audiencia, “en la relación amistosa entre Juan Carlos Barrabés y Begoña Gómez, a los efectos, esposa del Presidente del Gobierno, que habría intermediado en la adjudicación de contratos públicos, hechos todos conocidos desde el inicio de la investigación. Esta falta de concreción de hechos nuevos, sin aportar datos objetivos que pudieran servir de soporte a la sospecha de la implicación del señor Barrabés, concluye la falta de justificación para la injerencia, lo que hace que consideremos que el auto habilitante carezca de la fundamentación necesaria».La diligencia fue realizada tan velozmente, además, que la Audiencia Provincial afea a Peinado que su auto “se notificó al fiscal una hora después de su firma y media hora después de la práctica de la entrada y registro”, lo cual igualmente incumple las garantías necesar